top of page
  • Foto del escritorIuxta Abogados

¿Es válido tu contrato de trabajo temporal?

Actualizado: 22 feb 2020

Conoce qué son los contratos temporales y los principales tipos que existen, te explicamos como identificar si tu contrato de trabajo temporal puede estár celebrado en fraude de ley y por tanto podrías reclamar ser considerado trabajador indefinido.



Nuestra legislación permite la existencia de contratos de trabajo tanto de duración determinada (comunmente conocidos como trabajos temporales) como con carácter indefinido, no obstante se proteje siempre la contratación indefinida sobre la temporal y la posibilidad de emplear contratos temporales está reducida a un reducido número de supuestos tasados por ley, la regla de oro a cumplir para que los contratos temporales sean válidos es que no cubran necesidades permanentes de la empresa.



¿Qué tipos de contratos temporales existen?


Existen tres modalidades de contratación temporal: El contrato de trabajo por obra y servicio (desarrollo de una obra o servicio concreta de duración incierta que tenga autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa), los eventuales por circunstancias de la producción (que se realizan para cubrir picos de trabajo puntuales o por necesidades del mercado) y los de interinidad (que se celebran en sustitución de un trabajador con reserva de puesto de trabajo).



¿Que és la contratación en fraude de ley?


Es la transgresión de la normativa sobre modalidades contractuales, contratos de duración determinada y temporales mediante su utilización con finalidades distintas a las previstas en la ley o sin atender a los requisitos establecidos legal, convencional o reglamentariamente.



¿Cómo saber si mi contrato de trabajo temporal está celebrado en fraude de ley?


Lo primero que debemos analizar es si existen esas causas tasadas en la ley que hacen posible la contratación temporal, es decir:


  • En el caso de que nuestro contrato de trabajo lo sea por obra y servicio lo primero a evaluar será si la obra o servicio tiene realmente autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa.


  • Si por el contrario tenemos un contrato de trabajo eventual o por circunstancias de la producción analizaremos si realmente existe ese pico de trabajo o circunstancia excepcional en el mercado que permitiría la contratación temporal por parte de la empresa


  • En los contratos de interinidad comprobaremos que exista realmente el trabajador sustituido.


Si el contrato de trabajo temporal celebrado no encajase con ninguno de los supuestos que la ley establece podríamos entender que el mismo está celebrado en fraude de ley.


Además de lo anterior existen motivos formales por los que un contrato de trabajo puede ser también declarado en fraude de ley con independencia de que el mismo esté en principio válidamente celebrado y no cubra necesidades permanentes de la empresa.

Si la empresa no justifica de forma clara y detallada el por qué recurre a la modalidad de contratación temporal en el contrato de trabajo (de manera que pueda ser conocido por el trabajador) se entenderá también celebrado en fraude de ley, lo mismo sucederá si la empresa emplea un contrato por obra y servicio cuando la causa real de la temporalidad es un pico de producción o viceversa o si hemos encadenado 2 o más contratos temporales por obra y servicio para la misma empresa 24 meses de un período de 30.



Consecuencias de la declaración en fraude de ley


Las consecuencias de la declaración de fraude de ley en el contrato de trabajo temporal van a depender de que la relación laboral esté o no viva en el momento de su denuncia aunque con carácter general va a implicar que se nos pase a considerar trabajadores indefinidos.


  • Si el trabajador denuncia su situación mientras continúa prestando servicios y por tanto la relación laboral está viva podrá interponer acción de fijeza para que un juez le declare como trabajador indefinido.


  • Si por el contrario el trabajador denuncia su situación una vez finalizada la relación laboral y con oportunidad por ejemplo del despido tan sólo podrá aspirar a ver reconocida su condición de indefinido con objeto de obtener la indemnización por despido improcedente (33 días por año trabajado).


Hay que tener en cuenta que además de pasar a ser trabajador indefinido la fecha de antigüedad que se le reconocerá será la del primer contrato de trabajo temporal celebrado lo que podría implicar el devengo automático de determinados pluses como es el de antigüedad de estar recogidos en el convenio colectivo de aplicación.



Consecuencias con la Inspección de Trabajo


Cabe indicar que realizar contrataciones en fraude de ley puede suponer para la empresa multas desde 626 a 6.250 €, según lo previsto en la Ley de infracciones y sanciones en el orden social correspondiendo la competencia sancionadora a la Inspección de Trabajo.


 

¿Tu contrato de trabajo está celebrado en fraude de ley? Te ayudamos a convertirte en indefinido. ¡Envíanos una consulta y analizaremos la viabilidad y las posibilidades de éxito de tu caso!. Infórmate enviando un correo a info@iuxtaabogados.es o llamando al 644704099. Si tienes dudas también puedes contactarnos a través del formulario de contacto.

 

¡Gracias por suscribirte!

¡Suscríbete a nuestro blog y recibe un aviso en tu e-mail cada vez que publiquemos nuevo contenido!
bottom of page